FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA DE VENEZUELA

La Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) de la República Bolivariana de Venezuela está integrada por alrededor de 95.000 a 150.000 de combatientes activos, entre ellos, una creciente Milicia Nacional formada por cientos de miles de personas en capacidad de prestar servicios como reservistas. No obstante, esta cifra de efectivos activos se aproxima a 235.000 hombres y mujeres de primera línea (incluyendo los más aptos para ser llamados primero, entendiéndose por estos, aquellos hombres y mujeres en edades de 17 – 39 años), distribuidos en cinco (5) componentes de Tierra, Mar y Aire. Esto según lo prescribe el Artículo 328 de la Constitución Nacional y el Artículo n° 29 de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional. Dichos componentes se complementan con la Milicia Nacional , la cual es un cuerpo especial de reservistas organizado por el Estado Venezolano, integrado por la Reserva Militar y la Milicia Territorial destinada a complementar a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en la Defensa de la Nación.

Por tanto, los mencionados componentes que conforman la Fuerza Armada Nacional Bolivariana son, a saber, los siguientes:
Los principales roles cumplidos por la Fuerza Armada son la defensa de la soberanía del territorio nacional, espacio aéreo, insular, el combate al tráfico de drogas, búsqueda y rescate y protección civil en los casos de desastre. Todos los ciudadanos venezolanos varones tienen el deber legal de inscribirse en el registro militar al cumplir los 18 años de edad, que es la mayoría de edad en Venezuela, aunque la prestación como tal del servicio actualmente es voluntaria. A parte del funcionamiento esencial de la seguridad y defensa de la Nación con el funcionamiento de los cuatro (4) componentes y la Milicia Nacional, la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana señala también el funcionamiento de la Guardia de Honor Presidencial de Venezuela en su artículo No. 8, así como su condición de cuerpo encargado de la seguridad, custodia y protección del Presidente(a) de la República así como sus familiares directos.

Misión de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana

Artículo 3º. La Fuerza Armada Nacional Bolivariana tiene como misión fundamental asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional.

Alto Mando y Junta Superior


El Alto Mando Militar de la República Bolivariana de Venezuela está conformado por: el Ministro del Poder Popular para la Defensa el cual es un oficial de la fuerza armada con el grado de General en Jefe o Almirante en Jefe (dicho oficial será uno de los dos poseedores de este rango en la fuerza armada), el Jefe del Estado Mayor de la Defensa, el Inspector General, el Jefe del Comando Estratégico Operacional el cual es un oficial de la fuerza armada con el grado de General en Jefe o Almirante en Jefe (dicho oficial será uno de los dos poseedores de este rango en la fuerza armada), el Comandante General del componente Ejército, el Comandante General del componente de la Armada, el Comandante General del componente Aviación Militar, el Comandante General del componente Guardia Nacional, y el Comandante General de la Milicia Nacional Bolivariana (LOFANB Art. 42).

La Junta Superior de la FANB está conformada por el Alto Mando Militar. Es el principal órgano de consulta y asesoramiento del Presidente de la República, del Consejo de Defensa de la Nación y del Ministro del Poder Popular para la Defensa, en materia de organización, funcionamiento, desarrollo y empleo de la FANB, tanto en tiempo de paz o en estados de excepción.

Comando Estratégico Operacional


El Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (CEOFANB) es el máximo órgano de planificación, programación, dirección, ejecución y control estratégico operacional conjunto de la fuerza armada de Venezuela, depende directamente del Presidente de la República en su calidad de Comandante en Jefe de la Fuerza Armada. Delegando las labores administrativas al Ministerio del Poder Popular para la Defensa, además de las funciones políticas en materia de defensa que le son atribuibles como órgano del Ejecutivo Nacional.

El CEOFANB es el órgano encargado de la coordinación de los esfuerzos y empleo de los medios de los diferentes componentes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Ejército, Armada, Aviación y Guardia Nacional) y la Milicia, como cuerpo especial de apoyo. La jefatura de este organismo es ejercida por un General en Jefe o Almirante en Jefe.

Su jurisdicción es todo el espacio geográfico de la nación y las áreas continentales, acuáticas y espaciales de acuerdo con los tratados suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela, no viciados de nulidad. Su funcionamiento y organización se encuentra normado en el capítulo V (artículos 37-50) de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. La creación del CEOFANB en el año 2005 responde a la necesidad de materializar la doctrina de defensa venezolana denominada "Sistema Defensivo Territorial", que concibe la defensa nacional como un esfuerzo conjunto dentro de un espacio geográfico común. En este sentido, se crearon las Regiones Estratégicas de Defensa Integral (REDI), Zonas Operativas de Defensa Integral (ZODI) y Áreas de Defensa Integral (ADI).

Funciones de la Fuerza Armada Nacional

Artículo 4º. Son funciones de la Fuerza Armada Nacional, las siguientes:
1. Asegurar la soberanía plena y jurisdicción de la República en los espacios continentales, áreas marinas y submarinas, insulares, lacustres, fluviales, áreas marinas interiores históricas y vitales, las comprendidas dentro de las líneas de base recta que ha adoptado o adopte la República; el suelo y subsuelo de estos; el espacio aéreo continental, insular y marítimo; y los recursos que en ellos se encuentran;
2. Defender los puntos estratégicos que garantizan el desenvolvimiento de las actividades de los diferentes ámbitos: social, político, cultural, geográfico, ambiental militar y económico y tomar las previsiones para evitar su uso por cualquier potencia o extranjero;
3. Preparar y organizar al pueblo para la Defensa Integral con el propósito de coadyuvar a la independencia, soberanía e integridad del espacio geográfico de la Nación;
4. Participar en alianzas o coaliciones con las Fuerzas Armadas de otros países para los fines de la integración dentro de las condiciones que se establezcan en los tratados, pactos o convenios internacionales, previa aprobación de la Asamblea Nacional;
5. Formar parte de misiones de paz, constituidas dentro de las disposiciones contenidas en los tratados válidamente suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela previa aprobación de la Asamblea Nacional;
6. Apoyar a los distintos niveles y ramas del Poder Público en la ejecución de tareas vinculadas a los ámbitos social, político, cultural, geográfico, ambiental, económico y en operaciones de protección civil en situaciones de desastres en el marco de los planes correspondientes;
7. Contribuir en preservar o restituir el orden interno, frente a graves perturbaciones sociales, previa decisión del Presidente o Presidenta de la República Bolivariana de Venezuela y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;
8. Organizar, planificar, dirigir y controlar el Sistema de Inteligencia Militar y Contrainteligencia Militar de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;
9. Promover y realizar actividades de investigación y desarrollo, que contribuyan al progreso científico y tecnológico de la Nación, dirigidas a coadyuvar a la independencia tecnológica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;
10. Analizar, formular, estudiar y difundir el Pensamiento Militar Venezolano;
11. Participar en el desarrollo de centros de producción de bienes y prestación de servicios integrados de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;
12. Formular y Ejecutar el Plan Estratégico de Desarrollo de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana de acuerdo con las líneas generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación;
13. Participar y cooperar en las actividades de búsqueda y salvamento de conformidad con la ley y en ejecución de los tratados válidamente suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela;
14. La función meteorológica que se lleve a cabo con fines de seguridad y defensa de la Nación, así como la consolidación y operación de su red;
15. Prestar apoyo a las comunidades en caso de catástrofes, calamidades públicas u otros acontecimientos similares;
16. La posesión y el uso exclusivo de armas de guerra, así como, regular, supervisar y controlar la fabricación, importación, exportación, almacenamiento, tránsito, registro, porte, tenencia, control, inspección, comercio y posesión de otras armas, partes, accesorios, municiones, explosivos, artificios pirotécnicos y sustancias precursoras de explosivos, conforme a la ley respectiva.
17. Participar en la protección del patrimonio público en cualquiera de sus formas de manifestación;
18. Fomentar y participar en las políticas y planes relativos a la geografía, cartografía, hidrografía, navegación y desarrollo aeroespacial, que involucren la seguridad, defensa militar y desarrollo integral de la Nación;
19. Participar en las operaciones que se originen como consecuencia de los estados de excepción, que sean decretados de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley;
20. Ejercer las competencias en materia de Servicio Civil o Militar, de conformidad con la ley;
21. Ejercer las actividades de policía administrativa y de investigación penal de conformidad con la ley; y
22. Las demás que le atribuyan la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley.

RANGOS Y JERARQUÍAS MILITARES EN VENEZUELA 



Fuerza Armada Nacional Bolibariana (FANB) Venezuela - Monografias.com

"Datos actualizados a Febrero 2020"

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